Sala de Prensa

20/07/2016

Bijueska: “Las modificaciones en materia tributaria responden a la responsabilidad de la Diputación de Bizkaia de observar y analizar aquellos elementos objeto de mejora”

La juntera de EAJ-PNV ha destacado que la Norma Foral sobre modificación tributaria pretende adaptar la normativa a unos cambios que ya se realizan en otros entornos regulatorios, “como el territorio común y el ordenamiento comunitario".

rss Ezagutzera eman
Bijueska: “Las modificaciones en materia tributaria responden a la responsabilidad de la Diputación de Bizkaia de observar y analizar aquellos elementos objeto de mejora”

DESCARGAR IMAGEN

Las Juntas Generales han aprobado este miércoles una Norma Foral que introduce determinadas modificaciones en materia tributaria en el ámbito de cinco impuestos del sistema tributario del Territorio Histórico de Bizkaia. Estas modificaciones se adaptan al ordenamiento comunitario en materia de transparencia fiscal internacional, reforzando los requisitos para su aplicación y siguiendo los últimos trabajos elaborados por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).

La juntera jeltzale, Janire Bijueska, ha considerado que esta norma, de carácter eminentemente técnico, pretende adaptar la normativa tributaria de Bizkaia a unos cambios que ya se han sustanciado en otros entornos regulatorios, “como el territorio común y el ordenamiento comunitario; pero también responde a la responsabilidad del ente proponente, en este caso la Diputación de observar y analizar aquellos elementos objeto de mejora. Por ello, se han introducido ajustes en determinados tratamientos tributarios y correcciones técnicas y terminológicas derivadas de la aprobación de nuevas normas sustantivas”.

En ese sentido, Bijueska ha destacado las novedades introducidas por la Diputación en su labor de revisión y mejora fuera del entono de la armonización. En primer lugar, se reconoce la exención de la obligatoriedad de mantener durante cinco años la actividad a los perceptores del desempleo que habiendo capitalizado la prestación, no pueden continuar en ella por declararse en concurso o presentar pérdidas continuadas. Además, se introduce un nuevo sistema de transmisión de deducciones fiscales vinculadas a las actividades de I+D+i, en el que se incluye como medida de control, idéntico límite que el previsto para la imputación de las bases o deducciones de la cuota en el caso de las ayudas especiales de inserción social (AIES).

Por otro lado, con la misma voluntad de contemplar la exención prevista en el IRPF para los supuestos de ganancia con la dación en pago de la vivienda habitual o ejecución hipotecaria, también lo estarán respecto del Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos urbanos. Y finalmente, también se ha recogido vía enmienda una de las sugerencias recibida por el canal de participación ciudadana, que planteaba el retraso al 1 de enero de 2017 de la entrada en vigor del nuevo tratamiento de la distribución de la prima de emisión y de la reducción de capital con devolución de aportaciones. El resto de medidas entrarán en vigor, con carácter general, el 1 de enero de 2016.